SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

a)

El accionante, por intermedio de su abogado, ratificó el tenor íntegro de su demanda, y añadiendo señaló: a) “Tiene” un clavo incrustado en la clavícula derecha, que debió ser sacado el 10 de septiembre de 2011, así como también se evidencia, que su nariz no fue debidamente tratada; b) Se recalcó a la Jueza cautelar, que tenía un impedimento de treinta y cinco días, pero la misma con el ánimo de perjudicar negó dicha situación; c) El certificado médico forense, de 6 de ese mes y año, le da un impedimento de treinta y cinco días; d) Tiene una injusta detención preventiva; e) Se planteó recurso de apelación incidental contra la indicada medida cautelar, misma que aún no fue resuelta; f) Solicitó se ordene su inmediata internación, para que en la clínica Lourdes, se le puedan curar sus heridas; g) El Fiscal de Materia, requirió el 9 del señalado mes y año, por la internación de su persona, por la gravedad de las lesiones; g) El 19 del mes y año citados, presentó el certificado médico forense, pero la Jueza cautelar de manera maliciosa y tendenciosa, observó el mismo, en el sentido de que no se encontraba actualizado; y, h) Estará en peligro inminente de muerte, si no es tratado adecuadamente, pues en el ambiente que se encuentra “le puede picar cualquier bacteria, él está encerrado conjuntamente con otras personas con sustancias y eso le puede causar daño a su salud y peligro a su vida…” (sic).