SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

III.6.  Otras consideraciones

Por otro lado, conforme lo precisado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no llega a ser admisible, en las acciones de libertad, la participación de los terceros interesados, sino tan sólo en las acciones de amparo constitucional; sin embargo, cuando los mismos se presenten de manera voluntaria, ante el Juez de garantías, alegando un interés personal, corresponderá a la jurisdicción constitucional permitir su intervención, siempre y cuando no signifique una dilación indebida a la tramitación de la causa.