SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

III.2.    La carga probatoria en la acción de amparo constitucional y la inversión de la prueba en materia laboral

El Código Procesal Constitucional (CPCo) en su art. 33.7), señala que son requisitos esenciales de la acción: “Las pruebas que tenga en su poder o señalamiento del lugar donde se encuentren”; al respecto la SCP 1586/2012 de 24 de septiembre, manifestó que: “El amparo constitucional ha sido instituido como una acción extraordinaria que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de las personas, reconocidos por la Constitución Política del Estado y las leyes, siempre y cuando no hubiere otro medio o recurso legal para tal efecto, tal cual prescribe el art. 128 de la CPE.