SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1044/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Enrique Camacho, Lucio Arroyo, Gualberto Arroyo Sanabria, mediante memorial de fs. 131 a 132 vta., manifestaron que: Los accionantes a sabiendas que son legítimos propietarios de varios terrenos y parcelas en la zona de Marquina Seja Pata, compresión de Quillacollo; en forma subrepticia omitieron hacerles conocer legalmente la presente acción tutelar. Manifiestan además, que la familia Campos Pinto no tiene derecho real sobre los predios agrícolas “El Encanto”, toda vez, que sus títulos fueron anulados a través de demanda de nulidad de títulos ejecutoriales ante el entonces Tribunal Agrario Nacional.
Los accionantes pretenden hacer entrar en error “jus procedendo", como si se tratare de otros terrenos ajenos a los de ellos como terceros interesados y lograr con ello, se levanten las medidas precautorias con el propósito abierto de avasallar e ingresar a los predios agrícolas, sin respetar derechos de terceros.
Juan Carlos Flores Coca en representación de los terceros interesados antes referidos, en audiencia, manifestó que: Se debe tener presente, que lo reclamado por los accionantes, es que se levante las medidas precautorias y que el fallo agrario, librado por el Tribunal Agrario Nacional, en ningún momento determinó el derecho propietario de los ahora accionantes.
Marcelo Eduardo Canelas Méndez, mediante memorial de fs. 175 a 176 vta., manifestó, que los accionantes carecen de legitimación activa dentro de la presente acción tutelar, ya que no contarían con títulos ejecutoriales, toda vez, que éstos habrían sido anulados a través de la Sentencia Agraria Nacional SJ 002/2005 de 26 de enero.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. Del procedimiento administrativo agrario y agotamiento de vía
- Fragmento 17
- III.3. De la prohibición de innovar y de la prohibición de paralización de trabajos como medidas precautorias en la ejecución del proceso de saneamiento
- Fragmento 19
- III.5
- denegar
- CONFIRMAR