SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1044/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.4.
II.4. La RA 0064/2011 de 22 de agosto, librada por la Dirección Departamental del INRA de Cochabamba, en su parte resolutiva, determinó aprobar el informe legal DAAJCBBA-DAAJCBBA-0064/2011 de 22 de agosto, emitido por el Responsable de Asuntos Administrativos y Jurídicos de esa Dirección, además de disponer la complementación de la RA 0003/2011, con la ampliación de la medida precautoria de paralización de trabajos, prevista en el art. 10 del DS 29215 de 2 de agosto de 2007, con relación a la totalidad del perímetro del predio “El Encanto”, exceptuando la fracción de terreno en la que se procedió a la verificación de mejoras durante la etapa de pericias de campo. Asimismo, se dispuso la ejecución de la medida precautoria de desalojo, dispuesta en la RA 0003/2011, por haberse constatado el incumplimiento de la medida precautoria de prohibición de innovar, dispuesta en el fallo antes referido, disponiéndose que la familia Campos proceda al retiro voluntario de las mejoras que vienen introduciendo en el predio (fs. 27 a 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. Del procedimiento administrativo agrario y agotamiento de vía
- Fragmento 17
- III.3. De la prohibición de innovar y de la prohibición de paralización de trabajos como medidas precautorias en la ejecución del proceso de saneamiento
- Fragmento 19
- III.5
- denegar
- CONFIRMAR