SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

II.2.

II.2.    Por memorial de 17 de junio de 2010, dirigido a la Sala Social y Administrativa Primera, el FNDR interpuso un incidente de nulidad de obrados, señalando vulneración del art. 87 del CPT, debido a que el Secretario de Cámara, omitió consignar en el expediente, el día y la hora en las cuales vencían los plazos a los que se encontraban sujetos el proceso, específicamente el plazo en el que debería ser presentado su recurso de casación; así también, se indicó conculcación de la previsión contenida en el art. 3.1 y 6 del CPC; en ese sentido, solicitó la anulación de obrados hasta el “vicio señalado” (sic), debiendo disponerse nuevamente la notificación a las partes con el Auto de Vista 039/10 de 17 de febrero de 2010 (fs. 15 a 18; 50 a 51; y, 184 a 185).