SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2013-L

Fecha: 29-Ago-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes consideran vulnerados sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la igualdad procesal, a la defensa y a la propiedad privada, denunciando que en base a un informe elevado por la Oficial de Diligencias, que contenía datos erróneos, la Jueza a quo, ordenó su citación por cédula; diligencia que fue realizada, empero en la misma, no se consignaron los apellidos del testigo de actuación ni el lugar de expedición de su cédula de identidad; además, esa autoridad, señaló como su domicilio procesal la Actuaría del Juzgado, sin tomar en cuenta el domicilio especial que constaba en el documento base de la demanda coactiva. Refiere que interpuesto un incidente de nulidad de citación, mismo que fue rechazado por la Jueza a quo, y en virtud a una apelación interpuesta de su parte, el Juez ad quem pronunció Auto de Vista, que confirmó el fallo apelado, dando por válida la diligencia de citación.