SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1146/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

III.3.3. Petición de Delia Sánchez Huanca de Maldonado

Delia Sánchez Huanca de Maldonado, conforme a la documental referida en la Conclusión II.5 del presente fallo, denunció falsificación de su firma y sello personal en una carta de renuncia al cargo de Secretaria del Directorio y Concejal del municipio de Calacoto del departamento de La Paz; sin embargo, por la documentación descrita en la Conclusión II.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la accionante demuestra haber presentado, ante el Ministerio Público, una denuncia por delitos de orden público inherentes a falsedad material e ideológica, más uso de instrumento falsificado sin demostrar con prueba alguna haber agotado las vías procesales de la jurisdicción ordinaria, y, así, permitir el conocimiento de la problemática por la justicia constitucional, en mérito al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, expuesto en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo.

El recurso de reconsideración presentado por la accionante Delia Sánchez Huanca de Maldonado, en los términos descritos en la Conclusión II.5 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dan cuenta únicamente de la presentación de tal petición, sin acreditar documentalmente el trámite y la decisión que debió pronunciar el Concejo Municipal de Calacoto, cuando conforme al entendimiento y la normativa expuestas en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, la parte accionante tiene la obligación procesal de acreditar la comisión de los hechos que denuncia como vulneratorios de los derechos cuya tutela solicita, situación que en el caso presente no se cumplió, sino, tan solo la presentación de la solicitud de reconsideración, documento en el que tampoco constituye la constancia de recepción institucional.