SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2013

Fecha: 02-Ago-2013

Fragmento 17

         En cuanto al derecho de inamovilidad laboral de los progenitores la SCP 1205/2012 de 6 de septiembre, estableció que: “…hasta antes de la vigencia de la actual Constitución Política del Estado, las madres en estado de gestación gozaban de la inamovilidad laboral, entretanto el recién nacido no cumplía con un año de edad. Con la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado, este derecho se expandió también para el padre progenitor. Este reconocimiento es plausible y coherente con el principio de equidad, al considerar que la misma Norma Suprema en su art. 64.I, señala que, 'Los cónyuges o convivientes tienen el deber de atender, en igualdad de condiciones y mediante el esfuerzo común, el mantenimiento y responsabilidad del hogar, la educación y formación integral de las hijas e hijos mientras sean menores o tengan alguna discapacidad”. Estableciendo además la misma Sentencia Constitucional Plurinacional que: “…la inmovilidad laboral de los progenitores, es un derecho fundamental, cuyo ejercicio permite la efectiva materialización de los derechos de la madre y del concebido y recién nacido. De quebrantarse el derecho a la inamovilidad laboral de los progenitores, le corresponde al progenitor acudir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para que en esa instancia se promuevan las gestiones correspondientes en procura de conseguir la restitución a su fuente laboral; de persistir la lesión, está facultado para acudir a la justicia constitucional; por cuanto, se trata de la vulneración de un derecho fundamental” .