SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2013

Fecha: 02-Ago-2013

II.9.

II.9.  El 14 de enero de 2013, el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, respondió al accionante que no corresponde reconocer la inamovilidad laboral de su persona, toda vez que fueron cumplidos los plazos de duración estipulados por el contrato eventual de trabajo y que la entidad contratante se encuentra extinguida, por lo que “nada obliga a ésta Cartera de Estado, proceder a su contratación” (sic) (fs. 132 a 133).