SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013

Fecha: 15-Ago-2013

a)

Ángel Sánchez Rivero, Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Warnes del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito que cursa de fs. 46 a 47 vta., señalando lo siguiente: a) El delito imputado por el Ministerio Público, es el previsto por el art. 261 del CP, que tiene una pena de uno a tres años, -no siendo inferior a tres años-, por lo que la interpretación del accionante es inadecuada; además, no tomó en cuenta la gravedad de las víctimas, que se encuentran en terapia intensiva, con impedimento de ciento ochenta y tres días y pronóstico reservado; b) Fue detenido en audiencia de medidas cautelares conforme los arts. 233, 234 y 235 del CPP, al existir suficientes elementos de convicción de ser autor o partícipe del accidente de tránsito y que, no se someterá al proceso u obstaculizará la averiguación de la verdad, riesgos procesales que no fueron desvirtuados, tomando en cuenta las pruebas aportadas y valoradas en su conjunto de acuerdo a la sana crítica, por lo que fue legalmente detenido; y, c) La presente acción de libertad, no cumple con la subsidiariedad, ya que pudo haber recurrido en apelación del Auto dictado en audiencia cautelar, conforme el art. 251 del CPP.