SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013

Fecha: 15-Ago-2013

Fragmento 16

         Respecto al Juez de Instrucción codemandado que, resolvió imponer la detención preventiva al accionante, éste debió cuestionar dicha determinación a través del recurso de apelación incidental previsto en los arts. 251 y 403 inc. 3) del CPP, que es el medio de impugnación idóneo y efectivo a fin de reparar o corregir las arbitrariedades en que se hubiere incurrido con motivo de la adopción de medidas cautelares y, para el caso de que acudida a dicha instancia, persistan las lesiones denunciadas, queda expedita recién, la vía constitucional.