SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013

Fecha: 15-Ago-2013

II.2.

II.2.  Según lo informado por Ángel Sánchez Rivero, Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Warnes, el accionante fue detenido preventivamente en audiencia de medidas cautelares, conforme el art. 233 del CPP, al existir suficientes elementos de convicción para sostener que es autor o partícipe del hecho de accidente de tránsito y que no se someterá u obstaculizará la averiguación de la verdad; y que pudiendo apelar del Auto dictado, no lo hizo.