SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2013

Fecha: 15-Ago-2013

Fragmento 15

         De lo señalado, se evidencia que existe en curso una investigación sobre hechos de accidente de tránsito, seguida por el Ministerio Público, lo que significa que, desde el momento en que se inició la misma, el Juez cautelar asumió su rol de contralor de la investigación y, a partir de ese acto procesal, todas las supuestas lesiones a derechos, en la etapa preparatoria, deben ser denunciadas a dicha autoridad. Por consiguiente, el accionar del Fiscal demandado, debió ser reclamado ante la mencionada autoridad judicial a objeto de que repare las mismas y en su caso restablezca los derechos que se denuncian como lesionados.