SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2013
Fecha: 15-Ago-2013
a)
La accionante mediante su abogado ratificó la demanda de acción de libertad y la amplió en los siguientes términos: a) En el Considerando I.1 del Auto Supremo 312/12, las autoridades demandadas señalaron que la acusación particular y el auto de apertura contemplaban dos delitos, cuando en realidad el auto de apertura de juicio consignó tres delitos; sin embargo, con dichos fundamentos declararon inadmisible el recurso de casación, por otro lado, se impuso una pena mayor a la establecida en la norma, sin que exista pronunciamiento alguno al respecto por parte de las autoridades demandadas; y, b) El castigo se aplicó a partir de la presentación de una fotocopia simple, que ni siquiera sería documento público, sino privado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica y el principio de subsidiariedad excepcional que rige a la acción de libertad
- “
- III.2. La protección del debido proceso a través de la acción de libertad
- ) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR