Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1333/2013
Fecha: 15-Ago-2013
II.2.
II.2. Rubén Horacio Cruz Hurtado, en representación del INRA, por memorial presentado el 9 de mayo de 2007, promovió acusación particular contra la accionante, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y ejercicio indebido de la profesión (fs. 210 a 214 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica y el principio de subsidiariedad excepcional que rige a la acción de libertad
- “
- III.2. La protección del debido proceso a través de la acción de libertad
- ) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR