SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1421/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1421/2013

Fecha: 16-Ago-2013

1)

Santos Torres Galarza, abogado y representante legal del Gobierno Departamental de Tarija, presente en audiencia, manifestó que: 1) La coaccionante Mercedes Chavarria Vetancur, suscribió un contrato privado de venta de energía eléctrica con la empresa SETAR, que no se concretizó por la acción arbitraria del ahora demandado Exaltación Limachi Alemán, quien a título de ocupar un cargo representativo de un barrio y bajo el justificativo de defender un área verde, realizó medidas de hecho, impidiendo que los accionantes accedan a los servicios básicos de luz eléctrica y agua potable; y, 2) Señalando que el art. 20.3 de la CPE, establece que el acceso al agua y alcantarillado constituye un derecho humano, no objeto de concesión, ni privatización, sujetos a régimen de licencias y registros conforme a ley, solicitó de manera fehaciente se otorgue la tutela impetrada y se remita antecedentes al Ministerio Público.

En el mismo sentido, Efraín Tejerina Mogro, en su condición de representante legal de SETAR, presente en audiencia señaló que: Es responsabilidad del Estado en todos sus niveles prestar servicios básicos, la accionante Mercedes Chavarría Vetancur, al haber cumplido con todos los requisitos para acceder al servicio de energía eléctrica, conforme dispone el art. 6 inc. b) del Decreto Supremo (DS) 26302 de 1 de septiembre de 2001, fue autorizada para la instalación de la misma, por cuanto el acceso a los servicios básicos, no otorga el derecho propietario.