SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1466/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1466/2013

Fecha: 22-Ago-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de los accionantes, ratificó el contenido de la demanda, ampliando señaló, que el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, en la resolución dictada el 26 de septiembre de 2012, infringió los arts. 196, 514, 517 y 90 del CPC, así como el art. 115.II de la CPE; en cuanto al debido proceso que constituye una garantía en su vertiente a la motivación de la resolución y a la congruencia de las actuaciones judiciales, anomalías que no fueron corregidos por los Vocales demandados, en el Auto de Vista dictada el 30 de enero de 2013, al haber realizado una errónea interpretación del art. 312 del CPC, así como al no guardar la relación de congruencia entre lo que se pide y lo resuelto; ya que, una de las características de la resolución que se impugna es escuchar el pedido de las partes.