SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1466/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1466/2013

Fecha: 22-Ago-2013

II.6.

II.6.  El 10 de agosto de 2012, Isabel Illanes Gutiérrez, dentro el proceso ordinario seguido por los accionantes, plantearon incidente de nulidad de obrados, señalando que el contrato de anticrético fue celebrado el 18 de junio de 2009, en la cláusula tercera se establece que tiene una vigencia de dos años, es decir hasta el 18 de junio de 2011, y que la demanda fue interpuesta el 8 de abril del año señalado, dos meses y diez días antes de que venza el contrato celebrado, situación que no fue advertido por el Juez de primera instancia, por lo que correspondía que se cumpla el contrato y no aceptar la demanda, además refiere que el procedimiento civil da lugar a que se interponga incidente de nulidad de obrados en cualquier estado del proceso, y cuando se hubiere violentado el derecho a la defensa (fs. 75 y vta.).