Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2013
Fecha: 22-Ago-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su abogado ratificaron y reiteraron el contenido de su demanda, puntualizando que no tuvieron conocimiento de la Resolución TSE-RSP 0193/2013 de 16 de octubre que resolvió su recurso de apelación, no siendo válida la notificación que fue practicada por cédula, porque los fallos que son determinantes o ponen fin a los recursos, no pueden ser notificados vía cédula en el Órgano Electoral, sino personalmente. Se presentó la acción de amparo constitucional contra los demandados por ser los encargados de velar por el cumplimiento de las normas y el procedimiento de revocatoria y al no haberlo hecho, suprimieron sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 14
- III.1. Sobre la imposibilidad de ingresar al análisis de fondo por falta de legitimación pasiva
- emergen del procedimiento de revocatoria de mandato aplicado por la Asamblea de Organizaciones Indígenas de Beni
- situación que imposibilita compulsar la problemática si no ha sido demandada la autoridad o persona de la que emerge la posterior actuación u omisión que en sede constitucional se acusa de vulneratoria
- CONFIRMAR en todo