SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1468/2013

Fecha: 22-Ago-2013

III.1. Sobre la imposibilidad de ingresar al análisis de fondo por falta de legitimación pasiva

La jurisprudencia constitucional en reiterados pronunciamientos ha dejado establecido que es imprescindible que la acción de amparo constitucional sea dirigida contra el sujeto que ejecutó el acto ilegal o la omisión indebida  (SSCC 325/01-R y 863/01-R, entre otras), en el entendido que la legitimación pasiva, constituye: “…la capacidad jurídica otorgada al funcionario público o persona particular para ser recurrido en impugnación de su acto, decisión u omisión que lesiona los derechos o garantías constitucionales de una persona…” (SC 0158/2002-R de 27 de febrero), calidad que de acuerdo a lo sostenido por la SC 691/01-R, reiterada en las SSCC 817/01-R, 139/02-R, 1279/2002-R y otras, se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción.