SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2013
Fecha: 22-Ago-2013
II.1.
II.1. A través del formulario de movimiento de personal de 18 de mayo de 2011, se dispuso la suspensión de Raúl Ernesto Porrez Cueto, ahora accionante, de su fuente de trabajo, hasta la conclusión de la investigación por participar en el envió de tres tambores de aceite AUH-68, sin autorización del Gerente de turno el 15 de mayo del mismo año (fs. 1). Asimismo, cursa similar formulario de la misma fecha, por el que se dispuso el retiro del indicado por infringir los arts. 16 inc. g) de la LGT, 9 inc. g) de su Decreto Reglamentario, 26 de la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” (LMQSC) 004, 45 inc. a) y d), 53 inc. d) del Reglamento Interno tipo COMIBOL, según dictamen legal 371/2011. (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- III.3. Análisis en el caso concreto
- amenaza de restricción o supresión del derecho al trabajo del accionante