Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2013
Fecha: 22-Ago-2013
II.5.
II.5. Mediante nota presentada el 6 de noviembre de 2012, el accionante solicitó a Vitaliano Ojeda Calluni, Gerente de la Empresa Minera de Huanuni, la reincorporación a su fuente laboral y el pago de sus sueldos devengados y otros beneficios sociales, arguyendo que su persona fue eximida de toda responsabilidad en virtud al requerimiento fundamentado de sobreseimiento, ratificado por el Fiscal Departamental de Oruro (fs. 15). Este petitorio fue reiterado a través de los memoriales de 14, 27 y 30 de noviembre de 2012, dirigidos al ahora demandado, Gerente General de la citada Empresa (fs. 16 a 19).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- III.3. Análisis en el caso concreto
- amenaza de restricción o supresión del derecho al trabajo del accionante