Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1484/2013
Fecha: 22-Ago-2013
II.6.
II.6. De acuerdo al “Criterio Legal” emitido por Asesoría Jurídica de la Empresa Minera de Huanuni, de 12 de octubre y 4 de diciembre de 2012, se indica que no corresponde la reincorporación del accionante, al encontrarse pendiente de resolución en el Tribunal Constitucional un amparo constitucional planteado contra el Jefe Departamental de Trabajo de Oruro, así como trámites “administrativos y jurídicos” en su contra que impiden su reincorporación (fs. 20 a 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2. El derecho al trabajo en el nuevo orden constitucional
- III.3. Análisis en el caso concreto
- amenaza de restricción o supresión del derecho al trabajo del accionante