SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1590/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1590/2013

Fecha: 18-Sep-2013

1)

Beatriz Maritza Chávez Arias de Villalpando, Jueza de Partido Mixta y de Sentencia Penal de Uncía, a través del informe escrito cursante a fs. 269 y vta., manifestó  que: 1) La autoridad judicial que conoció la demanda de divorcio, es competente para disponer la liquidación de la asistencia familiar devengada hasta la declaratoria de perención de instancia, cuyo suministro no puede ser diferido por recurso o procedimiento alguno, conforme prescribe el art. 436 del Código de Familia (CF); y, 2) El accionante debió formular recurso de apelación contra el Auto que rechazó la solicitud de su libertad y al no usar esta vía, ha provocado la ejecutoria del fallo.