SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACINAL 0045/2014
Fecha: 03-Ene-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A horas 5:00 del referido hecho, cuando se dirigía a la cuesta de Sama a objeto de presenciar una carrera automovilística que daría inicio a horas 8:00, fue detenido por dos individuos encapuchados en estado alterado, quienes se abalanzaron contra su vehículo con el objeto de “quitarle” la llave del motorizado y, ordenándole que estacione el “bólido” un poco más adelante, lo rociaron con una sustancia en aerosol, hechos que lo atemorizaron induciéndolo a presumir que se trataba de ladrones o delincuentes, motivando que el accionante imprima velocidad a su automóvil hasta alejarse del lugar y llegar al destino inicialmente previsto.
Continúa manifestando que al culminar el evento deportivo, de regreso a su lugar de origen, fue interceptado y detenido por una camioneta de la Policía, cuyos efectivos le solicitaron acompañarlos a la Jefatura de San Lorenzo donde fue arrestado sin que los cargos sean precisados, manteniéndolo privado de su libertad hasta el momento de plantear la presente acción tutelar, misma que activa acentuando padecer enfermedades cardiacas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “improcedente”
- II.1.
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- Fragmento 6
- III.2. Sobre el acceso directo a la justicia constitucional en casos no vinculados a la comisión de un delito
- para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales
- c)
- III.4.
- legalidad
- libertad,
- II.
- IV. Toda persona que sea encontrada en delito flagrante podrá ser aprehendida por cualquier otra persona, aun sin mandamiento. El único objeto de la aprehensión será su conducción ante autoridad judicial competente, quien deberá resolver su situación jurídica en el plazo máximo de veinticuatro horas.
- VI.
- a)
- El Estado, en determinados supuestos, otorga a la Administración Pública potestad sancionadora
- III.6. Análisis del caso concreto