SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2014
Fecha: 03-Ene-2014
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por otro lado el 11 de septiembre de 2013 se solicitó al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, remita fotocopias del proceso penal seguido contra el accionante Germán Zenteno Condori que fue recibida por este Tribunal en 11 de diciembre de igual año, por lo que la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo establecido.
De conformidad al Acuerdo Administrativo TCP-DGAJ-SP-086/2013 de 29 de noviembre, en el Resuelve Primero, dispone el receso de actividades del Tribunal Constitucional Plurinacional del 23 al 31 de diciembre de 2013, con suspensión de plazos procesales; a cuyo efecto, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional se pronuncia considerando ésta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 12
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. El carácter excepcional de las medidas cautelares de carácter personal
- inconstitucionalidad de dicho artículo
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR