Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2014
Fecha: 03-Ene-2014
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, en la tipología de acción de libertad preventiva y se disponga su retorno al “penal de Palmasola Pabellón Carcelario (PC-7 Régimen Cerrado)”, lugar en el cual guardó detención por el lapso de siete meses, o en su defecto, su traslado a La Paz en un recinto diferente al penal de San Pedro y de Chonchocoro, con la finalidad de que se resguarde, se preserve su vida y su integridad física, dado el peligro inminente de muerte.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. El caso concreto
- III.2 Jurisprudencia reiterada de la acción de libertad correctiva y los efectos acordes con su configuración
- o el traslado también ilegal de una penitenciaría a otra
- III.3. Análisis del caso concreto
- Todo permiso de salida o traslado, únicamente lo autorizará el juez del proceso
- CONFIRMAR