SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.1.

II.1.  A través de testimonio de escritura pública 96/97 de 25 de febrero de 1997, de escritura de una minuta de transferencia a título gratuito de áreas de terreno de uso público, ubicadas en la UV 166, suscrito por Amancio Justiniano Guardia apoderado legal de Peregrina Guardia Vda. de Justiniano (propietaria) y Timo Tapio Leinemon, apoderado legal de Auskuti Viinonem Arvo, Eric Koivumaki Yrjo, Olavi Haikonem Aulis y Veiko Kalervo, Taisto (propietarios), a través del poder 348/96 de 17 de septiembre de 1996, otorgaron a título gratuito una extensión superficial de 34.902.17 m2 de tierras urbanas, con destino a uso público en calles y avenidas que se encuentran ubicadas entre las manzanas 21, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 43ª, 56 y 57; asimismo, una extensión superficial de 529.89 m2 de tierras urbanas con destino a equipamiento primario de la UV 166, terreno ubicado entre las manzanas 39 y 42 y la extensión superficial de 6.875.43 m2 con destino a equipamiento primario de la   UV 166, situado en la manzana 46, y una extensión superficial de 2.076.54 m2 de tierras urbanas, con destino a equipamiento primario de la UV 166, ubicado en la manzana 41, a favor de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz (fs. 1 a 6). Dicho testimonio de escritura pública, se encuentra registrado en DD.RR. figurando en el asiento A-1 la titularidad de dominio a nombre de la Honorable Alcaldía Municipal de Santa Cruz (fs. 10).