SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2014

Fecha: 10-Ene-2014

Fragmento 26

                       Como ya se ha manifestado y según informan los antecedentes del proceso, los imputados ahora accionantes, presentaron el 10 de julio de 2013, excepción de incompetencia señalando que los hechos denunciados corresponden a la jurisdicción indígena, originario, campesino, por lo que solicitaron al Juez Segundo de Instrucción en lo Penal ahora demandado decline competencia; en el otrosí primero, solicitan dejar en suspenso el acto señalado para la declaración informativa, al estar cuestionada la competencia; por decreto de 11 de julio de 2013, la autoridad jurisdiccional, indico: “…acuda a la autoridad llamada por ley”(sic); razón por la cual, nuevamente se presentaron en -dos oportunidades- ante la misma autoridad, solicitudes de suspensión de declaraciones informativas y de los mandamientos de aprehensión, hasta que se resuelva la excepción de incompetencia; por Auto de 12 de julio de 2013, la autoridad jurisdiccional, señalo que: “…si bien los actos realizados por el juez del control jurisdiccional se suspenden hasta que se resuelva la excepción de incompetencia así mismo se le hace conocer que las investigaciones preliminares realizadas por el MP no están sujetas a estar suspendidas, siendo que el suscrito no realiza actos investigativos…debiendo los impetrantes acudir ante la autoridad llamada por ley” (sic).