SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2014

Fecha: 10-Ene-2014

II.4.

II.4. Por memorial de 11 de julio de 2013, dirigido al Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, los accionantes, solicitaron -vía corrección- se dejen en suspenso la ejecución de los mandamientos de aprehensión, hasta se resuelva la excepción de incompetencia; por Auto de 12 de julio de 2013, la autoridad jurisdiccional, señalo que: “…si bien los actos realizados por el juez del control jurisdiccional se suspenden hasta que se resuelva la excepción de incompetencia así mismo se le hace conocer que las investigaciones preliminares realizadas por el MM.PP. no están sujetas a estar suspendidas, siendo que el suscrito no realiza acto investigativos…debiendo los impetrantes acudir ante la autoridad llamada por ley”(sic) (fs. 9 y vta.).