SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2014

Fecha: 30-Ene-2014

i)

Moisés Rosendo Torres Chive, Alcalde; William Marcelo Solís Valencia, Autoridad Sumariante; y, Alex Vladimir Ríos Caballero, Jefe de RR.HH., respectivamente, todos del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, a través de sus abogados en audiencia señalaron lo siguiente i) No es cierto que no se le canceló sus salarios, el 15 de agosto de 2013, se dispuso este pago en cumplimiento de la SCP 2542/2012 y no correspondía el pago de costas, daños y perjuicios, por ser el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, una institución pública exenta del pago de esos conceptos; ii) La RA 301/2011, no fue confirmada, por cuanto salió del tráfico jurídico, existiendo cosa juzgada constitucional, al haber dado cumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional antes referida. Al existir identidad de sujeto, objeto y causa con relación a otro amparo, corresponde su improcedencia y denegar la tutela impetrada; y, iii) Al tratarse de un funcionario municipal, éste se encuentra sometido a la Ley de Municipalidades y no a la Ley General del Trabajo, en cumplimiento al citado fallo constitucional, se dispuso que la autoridad ejecutiva se pronuncie sobre los aspectos señalados, en ese sentido, la resolución jerárquica cumplió con la aplicación pertinente a cada uno de los puntos ordenados. Siendo así que, la nueva Resolución 04/2012, está vigente y en ningún momento el accionante solicitó se deje sin efecto.