DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014

Fecha: 06-Oct-2014

consulta

En la consulta sobre la constitucionalidad de preguntas para referendo, promovida por Wilma Velasco Aguilar, Presidenta del Tribunal Supremo Electoral a instancia del Órgano Deliberativo o Consejo Estatuyente de la Autonomía Originaria de Totora Marka, representada legalmente por Policarpio Ancari Ramírez, Presidente; Miguel Soto Sajama y Marcos Renfijo Mamani, Mallkus del Consejo Originario; Eulogio Gonzalo Ramos y Vicente Mamani Blanco, Mallkus de Markas.

Ahora bien, tomando en cuenta que el objeto principal del control sobre la  constitucionalidad de las preguntas para referendo, es el de confrontar el texto o contenido literal de la pregunta, con la Constitución Política del Estado, para determinar su compatibilidad o no y garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendo nacionales, departamentales o municipales, mediante una declaración constitucional, estableciendo su constitucionalidad o inconstitucionalidad; es preciso reiterar que en el caso presente, la consulta fue planteada por la Presidenta del Tribunal Supremo Electoral, autoridad legitimada conforme a lo previsto en el art. 123.2 del CPCo, promovida mediante iniciativa popular, dirigida a obtener una respuesta en forma positiva o negativa.