Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2014
Fecha: 06-Oct-2014
II.4.
II.4. El 19 de marzo de 2014, las autoridades originarias de Totora Marka, entregaron el memorial de solicitud de referendo al Tribunal Supremo Electoral, pidiendo su convocatoria para la aprobación de su proyecto de Estatuto Autonómico indígena, dentro de su jurisdicción territorial, invocando los arts. 11.I, II.1 y 3. de la CPE, 54.I y II de la LMAD, concordantes con los arts. 12 al 24 de la LRE; sugiriendo la pregunta de referendo como sigue: ¿Está usted de acuerdo con el Estatuto Autonómico Originario de Totora Marka y su puesta en vigencia? (fs. 5 a 9 y 87).
- consulta
- ¿Está usted de acuerdo con el Estatuto Autonómico Originario de Totora Marka y su puesta en vigencia?.
- I.2. Admisión
- a)
- II.1
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- III.1.Modelo de Estado, estructura y organización territorial
- III.2.Aprobación del estatuto autonómico o carta orgánica, marco normativo
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”
- todas las preguntas deben obligatoriamente someterse a control de constitucionalidad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.5. De la autonomía indígena originaria campesina
- mecanismo de consulta,
- por medio del referendo
- Fragmento 19
- III.7. Momento para efectuar la consulta y particularidades de la pregunta para referendo aprobatorio
- con autonomías
- la CONSTITUCIONALIDAD