SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes sostienen que las autoridades demandadas lesionaron su derecho al debido proceso y el principio de seguridad jurídica, pues rechazaron a su turno, la excepción de prejudicialidad interpuesta dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de estelionato, falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, sin valorar adecuadamente que existe un proceso tramitado ante la jurisdicción agroambiental que resolvió declarar improbada la demanda de nulidad de las mismas escrituras públicas cuya falsedad se denuncia en dicho proceso penal, del cual es querellante la misma persona que demandó la referida nulidad, y que a la fecha de presentación de esta acción, adquirió la calidad de cosa juzgada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. El debido proceso en su componente de derecho a una resolución fundamentada y motivada
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR