SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2014-S2

Fecha: 21-Oct-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia como vulnerados sus derechos a la libertad, a la garantía del debido proceso en sus elementos a la defensa, a una debida fundamentación y motivación, a la impugnación; alegando que los Vocales demandados, al resolver el recurso de apelación incidental que interpuso contra el Auto Interlocutorio que revocó su beneficio de suspensión condicional de la pena, denunciando la lesión de su derecho a la defensa por falta de notificación, así como indebida valoración de la prueba; pronunciaron el Auto de Vista 82/2014, declarando improcedente su recurso, ordenando el cumplimiento de su condena en el penal de San Roque; Resolución que a su concepto carece de la debida motivación y fundamentación, limitándose a establecer que al no haber cumplido de forma inmediata con las condiciones que le fueron impuestas para la otorgación de la suspensión condicional de la pena, dicho beneficio tenía que ser revocado; sin observar que para el control de las mismas el Juez a quo no remitió su Sentencia condenatoria ante la Jueza de Ejecución Penal dentro del plazo establecido por ley sino después de cuatro meses de ejecutoriada la misma, ni que le fue imposible cumplirlas porque estaba detenido preventivamente por otro caso que se encontraba en investigación. Tampoco observaron que para declarar la revocatoria de la suspensión condicional de la pena, omitieron notificarlo personal y oportunamente con los señalamientos de audiencia de consideración de revocación del referido beneficio.