Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 11 de febrero de 2014, por Rodrigo Barba Peña, Justino Ojeda Peña y Victoria Peña Lazarte de Barba ante el Presidente y Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se apersonan y solicitan resolución de incidente de nulidad de notificación por defectos absolutos, mereciendo la providencia de “Estese a lo resuelto en providencia de 10 de febrero de 2014” (sic) (fs. 118 a 120 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- conceder
- REVOCAR