Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2014
Fecha: 26-Oct-2014
II.8.
II.8. Por nota ATT-DAF-N 1955/2013 de 23 de agosto, el codemandado PedroCliffordParavicini Hurtado, dio respuesta a la “nota CITE 369/2013RZ” (sic), considerando que la RA ATT-RA 0002/2013, se encuentra firme y subsistente, lo que dio lugar a la ejecución de la boleta de garantía presentada por la empresa accionante; asimismo, la Resolución Administrativa Interna ATT-DJ-RAI 0141/2013 de 15 de agosto, refiere que, tiene por finalidad sanear los aspectos concernientes al proceso de contratación, concretamente al acto de apertura de sobres; además, “…que las resoluciones emitidas son independientes y ambas se encuentran firmes…” (sic) (fs. 1).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantíassupuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunalde garantías
- I.2.2. Informe de las autoridadesdemandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la Resolución Administrativa Interna ATT-DJ-RAI 0141/2013 de 15 de agosto
- i)
- Respecto del silencio administrativo positivo
- Respecto de los alcances de la acción de amparo constitucional
- CONFIRMAR