Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2014
Fecha: 26-Oct-2014
Respecto de los alcances de la acción de amparo constitucional
El art. 128 de la CPE, establece el alcance de la acción de amparo constitucional, que:“…tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”, no tutelándose en esta vía valores ni principios, tal como pretende la empresa accionante, respecto a ser administrado con legalidad, imparcialidad, transparencia y honestidad en los actos de los servidores públicos, a gozar de igualdad de oportunidades, a ejercer control social sobre el proceso licitatorio, a realizar plenamente sus actividades empresariales.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantíassupuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunalde garantías
- I.2.2. Informe de las autoridadesdemandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- 1)
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la Resolución Administrativa Interna ATT-DJ-RAI 0141/2013 de 15 de agosto
- i)
- Respecto del silencio administrativo positivo
- Respecto de los alcances de la acción de amparo constitucional
- CONFIRMAR