Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Wilbur Daza Gutiérrez ex Vocal demandado en audiencia negó que no se haya valorado la prueba, puesto que lo que se tramitó fue una acción reivindicatoria, no una nulidad o anulabilidad; asimismo, observó que en la acción de amparo constitucional no se indicó cuáles son las reglas de interpretación ordinaria que se habrían incumplido, por lo que no debería haberse admitido la presente acción, además que se subsanó las observaciones, pero solo referente al Auto Supremo 486. Solicita, en consecuencia solicita se deniegue la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 1)
- III.1. La acción de amparo constitucional, no puede ser considerada como una instancia más de revisión de resoluciones pronunciadas dentro la jurisdicción ordinaria
- III.2. La valoración de la prueba, en la jurisdicción constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR