SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

1)

Fallo emitido en base a los siguientes fundamentos: 1) El Tribunal Constitucional, a través de sus Sentencias, estableció reiteradamente la exigencia ineludible que compele a las autoridades judiciales, de resolver de forma célere los pedidos vinculados con el derecho a la libertad física; instituyendo en relación al plazo a fin de considerar un requerimiento de cesación de la detención preventiva, el de veinticuatro horas para emitir el decreto respectivo y  de tres días hábiles para su sustanciación, incluidas las notificaciones; 2) Ante la solicitud del representado del accionante efectuada el 14 de abril de 2014 -“pasad(o) por la PAUE al Juzgado de Instrucción Penal N° 2 el 15 de abril de 2014”-, el Juez demandado, emitió el decreto de 16 de ese mes y año, programando audiencia para el 13 de mayo de igual año, a horas 9:30, sobrepasando el plazo razonable instituido por la jurisprudencia constitucional, incumpliendo en consecuencia, el principio de celeridad que rige en la administración de la justicia ordinaria, previsto en los arts. 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), generando una dilación indebida, en desmedro del derecho a la libertad del imputado, hoy impetrante de tutela; y, 3) Pese a que el Juez demandado, justificó su retraso en la “abrumadora” carga procesal existente en su despacho; ésta no constituye un eximente válido regulado en la jurisprudencia constitucional citada, por cuanto, conforme a la realidad nacional, el trabajo de todos los juzgados de instrucción en lo penal, supera las posibilidades humanas y la “mejor” voluntad de sus titulares; compeliendo a aquellos realizar los esfuerzos necesarios para evitar la vulneración de los derechos fundamentales y garantías constitucionales que asisten a los imputados, en previsión de la Ley Fundamental, las convenciones y tratados internacionales y el Código de Procedimiento Penal.