SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

I.2.1. Ratificación de la acción

En uso de su derecho a la réplica, manifestó que la jurisprudencia constitucional no consignó como un justificativo válido, el citado por la autoridad judicial demandada en su informe escrito; es decir, la existencia de carga procesal, debiendo considerarse que en materia penal, es factible incluso la habilitación de horas extraordinarias; por lo que, el motivo mencionado, no lo eximía de responsabilidad, a efectos de actuar con la diligencia pertinente en la solicitud efectuada por su defendido.