Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2014-S3
Fecha: 10-Nov-2014
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2013, el ahora accionante purga rebeldía y justifica inasistencia de audiencia a juicio oral, el mismo que mereció decreto de 22 de mismo mes y año, que refiere que en el presente proceso el imputado es declarado rebelde por segunda vez consecutiva, no asiste a las audiencias, presenta memoriales purgando rebeldía sin presentar justificativo alguno, en tal antecedente su solicitud será considerada en audiencia de juicio oral señalada para el “26 de noviembre de 2006” y entre tanto no comparezca el rebelde la “Resolución N⁰ 88/2013”, continua vigente (fs. 2 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- comparecencia voluntaria
- manteniendo las medidas cautelares de carácter real
- III.2.
- III.3. Respecto a la fundamentación de las resoluciones relacionadas al derecho a la vida
- 2° Disponer