SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2014-S3
Fecha: 10-Nov-2014
II.6.
II.6. El 28 de noviembre de 2013, el ahora accionante presentó memorial de purga rebeldía, asimismo solicita se levante las medidas impuestas de conformidad al art. 91 del CPP y nueva valoración médico forense, porque su estado de salud se habría agravado (fs. 13). Escrito que mereció proveído de 29 de noviembre de 2013, que indica “…el imputado se limita a presentar memoriales sin hacerse presente a las audiencias, obstaculizando (…) el desarrollo del juicio, su solicitud será considerada en audiencia de juicio oral señalada para el día 6 de diciembre de 2013 (…) la salud y la vida están garantizadas por la Constitución Política del Estado, sin embargo el imputado debe tener presente que se encuentra declarado rebelde…” (fs. 13 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- comparecencia voluntaria
- manteniendo las medidas cautelares de carácter real
- III.2.
- III.3. Respecto a la fundamentación de las resoluciones relacionadas al derecho a la vida
- 2° Disponer