Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.5.
II.5. Mediante la Resolución del recurso de alzada ARIT-CBA/RA 0370/2013 de 16 de agosto, se advierte que el Director Ejecutivo a.i. de la ARIT de Cochabamba, resolvió anular obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta el Auto de admisión del expediente ARIT-TJA-0031/2013, conforme al art. 198.III del CTB (fs. 133 a 138 vta.), siendo notificada la accionante el 21 de igual mes y año (fs. 139).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- S/G CDRAF/PR/WH/100 PCS/NB PAIS DE ORIGEN :TAIWAN
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de eficacia como principio de interpretación del procedimiento en materia administrativa y la autocorrección de errores procedimentales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR