Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.6.
II.6. Del proveído de 10 de septiembre de 2013, emitido por la Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT de Cochabamba, se evidencia que se informó a la recurrente que contaba con el derecho de interponer recurso jerárquico, ésto en respuesta al oficio de 9 de septiembre de 2013, por el cual la accionante puso en conocimiento su decisión de plantear acción de amparo constitucional contra la Resolución del recurso de alzada, proveído que fue notificado el 11 del referido mes y año (fs. 143 a 145).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- S/G CDRAF/PR/WH/100 PCS/NB PAIS DE ORIGEN :TAIWAN
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de eficacia como principio de interpretación del procedimiento en materia administrativa y la autocorrección de errores procedimentales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR