SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2014-S1
Fecha: 04-Dic-2014
II.10.
II.10.Por memorial interpuesto por el BCB el 2”2”(sic) de julio de 2009, éste interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma contra el Auto de Vista 140/2009. En cuanto al recurso de casación en el fondo, se advierten argumentos utilizados contra la Sentencia de primera instancia 44/2007. En cuanto al recurso de casación en la forma, se advierten argumentos en contra del Auto de 20 de diciembre de 2007, esgrimiendo que la Jueza a quo no tramitó la apelación contra la Sentencia de primera instancia interpuesta por el BCB y que el Tribunal de Segunda instancia tampoco cumplió con su obligación de revisar el proceso de oficio. Asimismo, impugnó el Auto de 4 de enero de 2009, mediante el cual se justificó la inaplicación del art. 197 del CPC (fs. 352 a 362 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento de la congruencia y fundamentación y del derecho a la tutela judicial efectiva
- III.3. De la impugnación en etapa de ejecución de sentencia
- III.4.
- CONFIRMAR