SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2014-S1
Fecha: 04-Dic-2014
III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El apoderado de la entidad accionante, denuncia vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva; al debido proceso, en su elemento de la congruencia y fundamentación; y los principios de legalidad, jerarquía normativa y verdad material, por cuanto las autoridades demandadas declararon improcedente su recurso de casación mediante Auto Supremo 78/2013 de 15 de octubre, justificando la no aplicación del art. 197 del CPC, en mérito a la Circular 10/2012 de 11 de mayo, sobreponiendo ésta a una norma con rango de Ley. Asimismo, dicho Auto Supremo fundamentó, incoherentemente, su decisión en que los Autos apelados no contravenían la Sentencia, lo que había motivado que no se abra la competencia del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento de la congruencia y fundamentación y del derecho a la tutela judicial efectiva
- III.3. De la impugnación en etapa de ejecución de sentencia
- III.4.
- CONFIRMAR