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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2014-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2014-S1

    Fecha: 05-Dic-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los derechos denunciados vía constitucional
    • III.1.1. En cuanto al debido proceso y su configuración
    • III.1.2. Sobre el derecho a la defensa
    • III.1.3. Del derecho a la petición
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • El Recurso de Alzada debe presentarse ante el Superintendente Tributario Regional a cuya jurisdicción está sujeta la autoridad administrativa cuyo acto definitivo es objeto de la impugnación
    • La omisión de cualquiera de los requisitos señalados en el presente Artículo o si el recurso fuese insuficiente u oscuro determinará que la autoridad actuante, dentro del mismo plazo señalado en el parágrafo precedente, disponga su subsanación o aclaración en el término improrrogable de cinco (5) días, computables a partir de la notificación con la observación
    • 1)
    • REVOCAR

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