Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 29 de mayo de 2014, cursante de fs. 229 a 231, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Carlos Peinado Ibáñez en representación legal de la empresa de Servicios Petroleros Marlin Bolivia Ltda. contra Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) de Santa Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los derechos denunciados vía constitucional
- III.1.1. En cuanto al debido proceso y su configuración
- III.1.2. Sobre el derecho a la defensa
- III.1.3. Del derecho a la petición
- III.2. Análisis del caso concreto
- El Recurso de Alzada debe presentarse ante el Superintendente Tributario Regional a cuya jurisdicción está sujeta la autoridad administrativa cuyo acto definitivo es objeto de la impugnación
- La omisión de cualquiera de los requisitos señalados en el presente Artículo o si el recurso fuese insuficiente u oscuro determinará que la autoridad actuante, dentro del mismo plazo señalado en el parágrafo precedente, disponga su subsanación o aclaración en el término improrrogable de cinco (5) días, computables a partir de la notificación con la observación
- 1)
- REVOCAR